Patentes y marcas
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Actualmente existen unas subvenciones muy interesantes para solicitar marcas, diseños y patentes en la Unión Europea. Esta subvención de la Unión Europea es gestionada por la EUIPO y está siendo de gran interés para las empresas españolas que desean mejorar la protección de sus intangibles a un precio reducido.
Concretamente, la subvención de la EUIPO adoptará la forma de bonos de PI que cubrirá los siguientes servicios:
• BONO 1: actividades relacionadas con la PI (IP Scan, protección de marcas, dibujos y modelos
dentro y fuera de la UE). Importe máximo del bono: 1500 €
• BONO 2: actividades relacionadas con las patentes. Importe máximo del bono: 750 €
Para poder ser admisibles, los solicitantes deberán ser pequeñas y medianas empresas (pymes), tal como se definen en la Guía del usuario de la Comisión Europea sobre la definición del
concepto de pyme (no deben superar los 250 trabajadores ni los 50 millones anuales de facturación), establecidas en los Estados miembros de la UE. Además, deberán satisfacer los
requisitos mínimos establecidos.
Cada Pyme puede solicitar como máximo un Bono 1 y un Bono 2 aplicándose las normas de financiación previstas en los cuadros precedentes. El plazo de convocatorias se abre del 10 de enero al 16 de diciembre de 2022. Si todos los fondos se utilizan antes de que finalice el plazo de presentación de la convocatoria, se cerrará el sistema de solicitud en línea (eForm) y se informará de ello a los solicitantes en el sitio web.
Los bonos no son retroactivos, por lo que los costes de las actividades ejecutadas antes de la obtención del bono no pueden reembolsarse.
Una vez solicitado el bono, se aprobará en el plazo de 10-20 días laborales, El período de activación será de cuatro meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación de la subvención. El bono deberá activarse dentro de este plazo con al menos una actividad iniciada y la correspondiente solicitud de pago presentada por el beneficiario. Las solicitudes de reembolso serán examinadas y, si son aceptadas, serán abonadas por la Oficina en un plazo de 30 días a partir de la fecha de recepción de las solicitudes.
El período de aplicación comienza el primer día siguiente a su activación durante un período de hasta seis meses para el bono 1 y de hasta doce meses para el bono 2. Durante este período, los beneficiarios podrán ejecutar las actividades cubiertas por sus bonos y presentar las solicitudes de pago correspondientes. Así mismo, una vez que se haya utilizado el importe total de bono, no será posible solicitar más pagos.
El proceso de solicitud del bono no es complejo. Solo hay que asegurarse de disponer de los siguientes documentos en formato PDF. (se aceptan las versiones escaneadas de los documentos físicos en formato PDF). Toda la documentación presentada debe ser legible y sin protección mediante contraseña. Los documentos a presentar son los siguientes:
• El extracto bancario de su empresa que contenga los siguientes datos: nombre de la empresa como titular de la cuenta; número IBAN completo con código de país y código
BIC/SWIFT.
• El certificado de IVA o certificado de número de registro nacional de su empresa, expedido por la autoridad nacional competente.
• Una Declaración jurada (adjuntamos archivo) firmada por un propietario autorizado o empleado de la Pyme en virtud de la cual nos designan como sus representantes en este proceso y que debe ser firmada por un propietario autorizado o empleado de la pyme.
La Oficina Europea de Propiedad Intelectual se reserva el derecho de solicitar más documentación para demostrar la veracidad de la declaración presentada pudiendo contactar con el solicitante durante el proceso de evaluación para realizar más aclaraciones. Se podrán imponer sanciones administrativas a los solicitantes si alguna de las declaraciones o la información aportadas como condición para participar en este procedimiento resulta ser falsa.
Además, se denegarán las propuestas que no cumplan los requisitos de admisibilidad o subvencionabilidad, y se informará debidamente a los solicitantes de los motivos de denegación.
Si su empresa encaja en la definición oficial de pyme de la UE y cree que cumple con los requisitos expuestos, puede solicitarnos que le llevemos a cabo la tramitación de esta subvención. Escríbanos a info@patentes-y-marcas.com o llámenos al 602247784.