Hay que saber que no todas las invenciones son patentables. Para que un invento sea patentable debe ser nuevo a nivel mundial y no solo eso, sino que también debe ser suficientemente diferente (tener actividad inventiva) respecto a los inventos más similares divulgados hasta la fecha, y tener aplicación industrial.
A parte de estos requisitos sustantivos existen los requisitos formales sin los cuales la patente tampoco se concederá. Existe el requisito de la claridad y el requisito de la suficiencia de la descripción.
Una idea es nueva si no existe ninguna divulgación previa a la solicitud de patente que divulgue de manera exacta la idea que se desea patentar. La novedad es un requisito de si/no puesto que no admite discusión alguna.
Si en la búsqueda previa al registro se detecta un documento que muestra la invención que se pretende proteger, es mejor no invertir en la protección de la invención puesto que con toda seguridad la patente será denegada o declarada nula.
Una idea es inventiva si un experto en el sector de la técnica correspondiente considera que la invención no es obvia teniendo en cuenta todos los documentos que divulgan ideas parecidas ya sea analizados de manera individual o de manera combinada. Este requisito está abierto a argumentación puesto que la obviedad de una invención es habitualmente discutible.
Para determinar si una invención tiene actividad inventiva hay que llegar a la conclusión que las diferencias entre la invención que se pretende patentar y la invención más parecida ya existente son relevantes.
Una idea tiene aplicación industrial cuando se puede fabricar en una industria o bien se puede utilizar en una industria.
A la práctica casi cualquier invento tiene aplicación industrial. Este requisito pretende evitar que se protejan ideas teóricas sin aplicación en el mundo real.
Una vez redactada la patente y aprobado el texto por el inventor, se procede a solicitar la patente ante la Oficina de Patentes y Marcas. En el mismo momento que se presenta se obtiene un resguardo de presentación que ofrece al inventor o propietario de la patente derechos provisionales sobre su idea, invención o proyecto.
La tramitación de una patente implica una búsqueda realizada por la Oficina de Patentes y Marcas de los antecedentes más cercanos a la invención que se pretende patentar. Junto con el listado de los documentos anteriores detectados, la Oficina de Patentes y Marcas entrega una opinión escrita sobre la patentabilidad de la invención teniendo en cuenta los antecedentes detectados.
En ese momento es posible reestructurar la patente para centrar la protección en aquellas partes de la invención que no hayan sido divulgadas por los antecedentes y tras pagar una tasa de examen, la Oficina de Patentes y Marcas vuelve a ofrecer una opinión de la patentabilidad de la invención.
Si la invención cumple con los requisitos de patentabilidad es concedida y si no lo cumple ofrece la posibilidad al inventor o propietario de la patente a argumentar en contra.
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