Recurso Acuerdo de Suspension

2015-04-01 01:49:12
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Recurso Acuerdo de Suspension

Respuestas:
cys2015-04-01 01:49:12

            Acabo
de descubrir tu mensaje, que me había pasado totalmente desapercibido hasta
ahora.
 
            El
artículo 6.1, letra b), señala uno de los motivos de prohibición relativa que establece
la Ley 17/2001 de Marcas, y, asimismo, el más habitual en la Oficina Española de
Patentes y Marcas.
 
            Así
que, efectivamente, tu marca ha sido objeto de un suspenso provisional de su
tramitación y para evitar que te la denieguen definitivamente deberás presentar
un escrito de Contestación al Suspenso ante el mismo Organismo.
 
            Realmente,
sin tener más datos de los signos contrapuestos (no sé si son denominativo o
mixtos), tengo la impresión de que existen suficientes diferencias para
distinguirlos en el comercio.
 
            Es
lógico, que la empresa que plantea la Oposición pretenda ver más similitudes de
las que se producen en la realidad. A pesar de todo, el éxito final de la
defensa suele depender del funcionario que examina en cada caso.
 
            Tampoco
conozco la fecha concreta del suspenso, aunque es de suponer que aún hay plazo
suficiente para su presentación (un mes desde la publicación del acuerdo en el
B.O.P.I).
 
            Si
estas interesado, te puedo ayudar con el escrito, para lo cual, insisto,
necesitaría conocer mas detalles acerca de las marcas (denominativa o mixta),
de su uso comercial (clase a la que pertenece, destino, etc.), fechas de
solicitud, prioridad; etc.
 
            Por
ello, si precisaran cualquier aclaración al respecto, puedes enviarme un e-mail
a la dirección consultasysugerencias@ono.com.
 
            Saludos:
cys
 

komir2015-04-01 01:49:12

Buenas,
 
A principios de año registré una marca en las OEPM (Madrid) y acabo de recibir un acuerdo de suspensión del expediente.
La empresa que se opone se basa en el articulo 6.1 argumentando que el nombre es similar y que se trata de productos/servicios identicos.
Estoy pensado en recurrir porque lo que yo ofrezco es venta de loteria por internet (intermediario) y el oponente servicios de fotografia, las artes gráficas,papeleria,opyica,telefonia,informatica,regustroa de datos etc
alguien me puede ayudar?
estoy buscando jurisprudencia para ver que es lo que se entiende por "servicios identicos" porque desde mi punto de vista no veo que se parezca en nada
 
gracias!

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