¿Puedo "quebrantar" una patente?

2015-04-01 01:49:12
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¿Puedo "quebrantar" una patente?

Respuestas:
2015-04-01 01:49:12

Hola. 
Somos una empresa de turismo activo que realiza saltos de puénting. Hace unos meses aprendimos, trabajando con otra empresa, a realizar una modalidad de salto desde puente con cuerda basada en el puénting pero con significativas diferencias. Queríamos desarollar este salto, pero el hombre que gestiona la otra empresa nos ha dicho que está patentado.

Hemos buscado en http://www.oepm.es/es/index.html la patente, por el nombre del salto en cuestión, por palabras clave tipo cuerda, salto, salto desde puente, puente, puénting, etc... por el nombre de este sujeto, por el nombre de la otra empresa... y no hemos encontrado patente alguna. Ante este hecho, hemos pedido directamente a la otra empresa que nos facilite el número de expediente para poder leer la patente (y asegurarnos de que realmente existe) pero nos lo han denegado.
 
¿Podríamos, ante estos hechos (que no nos facilite el numero de expediente de una patente que debería ser de dominio público), realizar y vender esta modalidad de salto y evitar, en caso de que realmente exista una patente, una posible sanción o indemnización? 

Gracias,
Guillermo. 

oepm-oficina españo2015-04-01 01:49:12

Hola Guillermo,
 
Esta empresa podría haber registrado el nombre de su compañia como marca, pero la forma de saltar es imposible de registrar como patente, no estaría permitido. Es como si qusieran proteger las formas de saltar en un trampolin.o las formas de nadar. Porque solo se puede patentar aquello que tiene un caracter técnico y se puede fabricar o producir en una industria.
Otra cosa es que hayan tratado de registrar un nuevo tipo de cuerda, o arnes o cualquier tema técnico. Pero desde luego el tipo de salto o forma de hacerlo no se puede, no hay nada tecnico. 
Que no te hayan dado ningun numero de patente es tambien significativo, y además en el caso de que hayan solicitado alguna patente en los ultimos meses, todavía no se habria concedido pues una patente se tarda en conceder unos dos años.
Y les puedes decir que si quieren impedir que tu utilices ese salto tendrán que ir a un juez, presentar una demanda y pagar una fianza (medidas cautelares) porque si su supuesta patente finalmente no fuera concedida, habría que indemnizarte ati, por haberte impedido una actividad.
Si tienes cualquier duda te recomiendo que llames a la OEPM Teléfono: 902 157 530
 

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