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Test del examen de agente de la propiedad industrial 2019

Fecha de actualización: 21/03/23

El viernes tuvo lugar el primer ejercicio del examen de agente de la propiedad industrial. Por primera vez la primera parte del examen tiene un formato test en lugar de 4 preguntas abiertas donde el candidato debía responder por escrito. Hoy han sido publicadas las preguntas y las respuestas a este primer ejercicio. Las respuests al examen tipo test son accesibles aquí.

test del examen de agente de la propiedad industrial

GRUPO 1

1. Un emprendedor español presenta ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) el 04/04/2019 una solicitud indicando que se desea obtener una patente nacional, unos datos que permiten identificar al solicitante y contactar con él y una descripción redactada en alemán: a) La solicitud de patente no recibirá como fecha de presentación el 04/04/2019 por no estar redactada en castellano. b) La solicitud de patente no recibirá como fecha de presentación el 04/04/2019 por no haberse aportado un juego de reivindicaciones. c) La solicitud de patente recibirá como fecha de presentación el 04/04/2019. d) La solicitud de patente no recibirá como fecha de presentación el 04/04/2019 por no haber aportado un resumen.

2. Un emprendedor desea presentar una solicitud de patente en los Estados Unidos sobre una invención realizada en España como primer depósito, sin reivindicar una prioridad anterior española. Cumpliendo con el artículo 50 del Reglamento de ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de patentes decide solicitar autorización a la OEPM. ¿Qué documentación deberá aportar? a) Una copia de la solicitud de patente tal como la pretenda presentar en el extranjero, junto con la descripción, reivindicaciones y dibujos, y en su caso, una traducción al español de dicha documentación. b) Una copia de la solicitud de patente tal como la pretenda presentar en el extranjero, junto con la descripción, reivindicaciones y dibujos, y en su caso una traducción al español únicamente del título y del resumen. c) Una copia de la solicitud de patente tal como la pretenda presentar en el extranjero, junto con la descripción, reivindicaciones y dibujos, sin necesidad de traducción alguna al español. d) Una copia de la solicitud de patente tal como la pretenda presentar en el extranjero, junto con la descripción, reivindicaciones y dibujos, en su caso, una traducción al español de dicha documentación y una indicación del estado en que se va a producir el primer depósito.

3. El plazo para que un solicitante transforme su solicitud de patente en una solicitud para la protección del objeto de su invención bajo otra modalidad de Propiedad Industrial termina: a) Con la finalización del plazo para la petición del examen sustantivo. b) Con la publicación del Informe sobre el Estado de la Técnica. c) Con la finalización del examen sustantivo. d) Con la publicación de la solicitud.

4. Si el titular de una patente hace un ofrecimiento de licencias de pleno derecho, declarando por escrito a la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., que está dispuesto a autorizar la utilización de la invención a cualquier interesado, en calidad de licenciatario: a) No deberá abonarse el importe de las tasas anuales que devengue la patente después de recibida la declaración. b) Se abonará la mitad del importe de las tasas anuales que devengue la patente después de recibida la declaración. c) No deberá abonarse el importe de las tasas anuales que devengue la patente a partir del momento, una vez recibida la declaración, en que se inscriba en el registro de patentes una licencia no exclusiva sobre dicha patente. d) El importe de las tasas anuales que devengue la patente se reducirá a la mitad a partir del momento, una vez recibida la declaración, en que se inscriba en el registro de patentes una licencia no exclusiva sobre dicha patente

5. ¿Cuál de las siguientes invenciones puede ser protegida como modelo de utilidad? a) Un procedimiento de construcción. b) Un método de realización de subastas implementado en ordenador. c) Una composición farmacéutica. d) Una composición química de una pintura.

6. ¿Cuál de los siguientes es un motivo por el cual cualquier persona puede oponerse a la concesión de una patente dentro de los seis meses siguientes a la publicación de su concesión en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial? a) La patente se refiere a un grupo de invenciones no relacionadas entre sí de tal manera que integren un único concepto inventivo general. b) Falta de claridad de la descripción o las reivindicaciones. c) La patente comprende más de una reivindicación independiente de la misma categoría. d) La descripción no es lo suficientemente clara y completa para que un experto en la materia pueda ejecutarla.

7. Según la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, y su Reglamento de ejecución, la instancia para presentar una solicitud de patente nacional ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., debe incluir la siguiente información: a) Indicación de que se solicita una patente; identidad del(os) solicitante(s); dirección postal para notificaciones o indicación de cualquier otro medio técnico de comunicación admitido por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.; designación de inventor(es); relación de documentos que acompañan a la solicitud; indicación del sector de la técnica al que se refiere la invención; firma del solicitante o su representante. b) Indicación de que se solicita una patente; identidad del(os) solicitante(s); dirección postal para notificaciones o indicación de cualquier otro medio técnico de comunicación admitido por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.; título de la invención; designación de inventor(es); relación de documentos que acompañan a la solicitud; indicación del sector de la técnica al que se refiere la invención; una explicación de la invención que permita la comprensión del problema técnico; firma del solicitante o su representante. c) Indicación de que se solicita una patente; identidad del(os) solicitante(s); dirección postal en España para notificaciones o indicación de cualquier otro medio técnico de comunicación admitido por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.; título de la invención; designación de inventor(es); relación de documentos que acompañan a la solicitud; firma del solicitante o su representante. Todo ello en un modelo oficial de instancia. d) Indicación de que se solicita una patente; identidad del(os) solicitante(s); dirección postal en España para notificaciones o indicación de cualquier otro medio técnico de comunicación admitido por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.; título de la invención; designación de inventor(es); relación de documentos que acompañan a la solicitud; indicación del sector de la técnica al que se refiere la invención; firma del solicitante o su representante. Todo ello en un documento de formato libre.

8. Según la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, indique cuál de las siguientes afirmaciones es cierta, en relación con la fecha de presentación de una solicitud de patente y su admisión a trámite: a) La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., comprobará, dentro de los dos meses siguientes a su recepción, si la solicitud de patente cumple con los requisitos para que se le otorgue fecha de presentación y, si es así, la admitirá a trámite (Art. 33.1 de la Ley). b) La Oficina Española de Patenb) La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., comprobará, dentro de los diez días siguientes a su recepción, si la solicitud de patente cumple con los requisitos para que se le otorgue fecha de presentación y, si es así, la admitirá a trámite (Art. 33.1 de la Ley). c) Cuando la solitud de patente se presente físicamente ante otro organismo distinto de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., dicho organismo será el encargado de realizar la admisión a trámite (Art. 33.4.c) de la Ley). d) Las Comunidades Autónomas que así lo decidan, podrán tener la competencia para realizar la admisión a trámite en nombre de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (Art. 33.4.a) de la Ley).

9. De acuerdo con la Ley 3/2000, de 7 de enero, de régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales, se concederá un título de obtención vegetal cuando la variedad sea: a) Nueva, Distinta, Homógrafa y Estable. b) Nueva, Distinta, Homogénea y Estable. c) Nueva, Distinta, Homocigótica y Estable. d) Nueva, Distinta, Heterogénea y Estable.

10. De acuerdo con la Ley 3/2000, de 7 de enero, de régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales, en el caso de variedades de vid y de especies arbóreas la duración del derecho del obtentor se extenderá hasta el final del: a) vigésimo quinto año natural a contar desde el año de concesión de los derechos de obtentor. b) vigésimo quinto año natural a contar desde el año de solicitud de los derechos de obtentor. c) trigésimo año natural a contar desde el año de solicitud de los derechos de obtentor. d) trigésimo año natural a contar desde el año de concesión de los derechos de obtentor.

11. En fecha 03/03/2019 usted presenta una solicitud de patente española en la OEPM. En fecha 09/05/2019, el examinador encargado de su tramitación descubre que en el estado de la técnica existe una solicitud de patente internacional PCT que contiene la misma invención y cuya fecha de presentación internacional fue el 10/09/2017, sin reivindicación de prioridad, y que fue publicada en fecha 12/03/2019. De acuerdo con la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, ¿estaría comprendida esta solicitud de patente internacional PCT en el estado de la técnica pertinente para evaluar la novedad de la invención contenida en su solicitud de patente española?: a) Sí en todo caso, pues su fecha de presentación es anterior a la de la solicitud de patente española presentada en la OEPM. b) Nunca, pues su fecha de publicación es posterior a la de la solicitud de patente española presentada en la OEPM. c) Sí, a condición de que haya entrado en fase nacional en España y que haya sido publicada en español. d) No, salvo que la administración encargada de la búsqueda internacional haya sido la OEPM.

12. En el estado de la técnica anterior es conocido el producto X, presente en las hojas de las acacias, como herbicida y como medicamento para el tratamiento del asma. Usted ha descubierto por primera vez que el producto X es eficaz frente al cáncer y redacta una solicitud de patente conteniendo una reivindicación del tipo “Producto X para el tratamiento del cáncer”. Teniendo en cuenta únicamente esta información y la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, ¿cumpliría el requisito de novedad una reivindicación redactada de esta manera? a) No, puesto que el producto X está comprendido en el estado de la técnica anterior. b) Sí, porque el producto X ha sido aislado de su entorno natural o producido por medio de un procedimiento técnico. c) No, puesto que la reivindicación incurre en una de las excepciones de patentabilidad de la Ley 24/2015 relativa a los métodos de diagnóstico, tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal. d) Sí, porque el uso del producto X para el tratamiento del cáncer no está comprendido en el estado de la técnica anterior.

13. De acuerdo con la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, la aplicación industrial de una secuencia total o parcial de un gen: a) Deberá figurar obligatoria y explícitamente en la instancia de la solicitud de patente. b) Deberá figurar obligatoria y explícitamente en las reivindicaciones de la solicitud de patente. c) Deberá figurar obligatoria y explícitamente en la descripción de la solicitud de patente. d) Deberá figurar explícitamente en la solicitud de patente.

14. De acuerdo con la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, el personal investigador de las Universidades Públicas y de los Entes Públicos de Investigación no podrá publicar el resultado de una investigación susceptible de ser patentada antes de que transcurra: a) Un plazo de dos meses contados desde la recepción de la notificación por escrito de dichos resultados a la entidad pública a cuyo servicio se halle el investigador autor de la misma. b) Un plazo de seis meses contados desde la recepción de la notificación por escrito de dichos resultados a la entidad pública a cuyo servicio se halle el investigador autor de la misma o hasta que la entidad o el autor hayan presentado la solicitud de patente. c) Un plazo de tres meses contados desde la recepción de la notificación por escrito de dichos resultados a la entidad pública a cuyo servicio se halle el investigador autor de la misma o hasta que la entidad o el autor hayan presentado la solicitud de patente. d) Un plazo de seis meses contados desde la recepción de la notificación por escrito de dichos resultados a la entidad pública a cuyo servicio se halle el investigador autor de la misma.

15. De acuerdo con la Ley 24/2015, de 24 de julio de Patentes, cuando existe una invención asumible por el empresario, ¿de qué plazo dispone el empresario para evaluar la invención de que se trate y comunicar al empleado su voluntad de asumir la titularidad de dicha invención o reservarse un derecho de utilización de la misma? a) Tres meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de la comunicación escrita de la información sobre la invención por parte del empleado. b) Dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de la comunicación escrita de la información sobre la invención por parte del empleado. c) Tres meses contados a partir del día siguiente de la fecha en que se haya concluido la invención. d) Dos meses contados a partir del día siguiente de la fecha en que se haya concluido la invención.

16. De acuerdo con la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, el solicitante de un diseño industrial, al presentar la solicitud de registro, podrá pedir que se aplace la publicación del diseño, durante un plazo de: a) 30 meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud o, si se reivindica prioridad, desde la de prioridad. b) 20 meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud o, si se reivindica prioridad, desde la de prioridad c) 30 meses contados desde la fecha de concesión de la solicitud. d) 20 meses contados desde la fecha de concesión de la solicitud.

17. De acuerdo con el artículo 53 de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, en especial, el titular del diseño registrado cuyo derecho sea lesionado podrá reclamar en la vía civil: a) Que se le transfiera la titularidad de aquellos productos declarados vulneradores de su diseño registrado sin necesidad de pagar precio alguno. b) El pago de una indemnización por parte de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por no haber protegido su derecho legalmente obtenido. c) Que se le abonen todas las tasas de mantenimiento del diseño registrado. d) La adopción de las medidas necesarias para evitar que prosiga la actividad infractora.

18. De acuerdo con la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, el registro de diseño será denegado de oficio cuando: a) El diseño incorpore una marca u otro signo distintivo anteriormente protegido en España cuyo titular tenga derecho, en virtud de dicha protección, a prohibir el uso del signo en el diseño registrado. b) El diseño solicitado sea incompatible con un diseño protegido en España en virtud de una solicitud o de un registro que tenga una fecha de presentación o de prioridad anterior, pero que haya sido hecho accesible al público después de la fecha de presentación o de prioridad del diseño posterior. c) El diseño solicitado supone un uso no autorizado de una obra protegida en España por la propiedad intelectual. d) Lo solicitado como diseño no se ajuste a lo definido como tal en esta ley.

19. De acuerdo con la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, se declarará la nulidad de la patente: a) Cuando no describa la invención de forma suficientemente clara y completa para que pueda ejecutarla un experto en la materia. b) Cuando no se ha abonado una anualidad en el plazo legalmente establecido. c) Cuando la invención no es explotada en los dos años siguientes a la concesión de la primera licencia obligatoria. d) Cuando, una vez concedida, el titular renuncia a ella.

20. La Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes establece, en relación con las diligencias de comprobación de hechos, que: a) Previamente a su práctica deberán ser notificadas a la persona que ha de soportarlas con el fin de generarle el menor perjuicio posible. b) Solamente podrá acordarse la práctica de las diligencias cuando, dadas las circunstancias del caso, sea presumible la infracción de la patente y no sea posible comprobar la realidad de la misma sin recurrir a las diligencias solicitadas. c) Han de ser solicitadas en los dos meses siguientes a la presentación de la demanda en la cual se quiera hacer uso de dichas diligencias. d) Cuando el Juez considere que a la vista del examen practicado no es presumible que se esté llevando a cabo la infracción de la patente, dará por terminadas las diligencias y ordenará que se publiquen las diligencias practicadas así como el resultado de las mismas para que cualquier interesado pueda realizar observaciones.

 

GRUPO 2

21. Según el artículo 2 de la Ley de Marcas 17/2001, cuando el registro de una marca hubiera sido solicitado con fraude de los derechos de un tercero o con violación de una obligación legal o contractual, la persona perjudicada podrá reivindicar ante los tribunales la propiedad de la marca: a) Si ejercita la oportuna acción reivindicatoria con anterioridad a la fecha de registro o en el plazo de cinco años a contar desde la publicación de éste o desde el momento en que la marca registrada hubiera comenzado a ser utilizada conforme a lo previsto en el artículo 39. b) Si ejercita la oportuna acción reivindicatoria con anterioridad a la fecha de registro o en el plazo de un año a contar desde la publicación de éste o desde el momento en que la marca registrada hubiera comenzado a ser utilizada conforme a lo previsto en el artículo 39. c) si ejercita la oportuna acción reivindicatoria con anterioridad a la fecha de registro o en el plazo de tres años a contar desde la publicación de éste o desde el momento en que la marca registrada hubiera comenzado a ser utilizada conforme a lo previsto en el artículo 39. d) si ejercita la oportuna acción reivindicatoria con anterioridad a la fecha de registro o en el plazo de dos años a contar desde la publicación de éste o desde el momento en que la marca registrada hubiera comenzado a ser utilizada conforme a lo previsto en el artículo 39.

22. Los solicitantes no domiciliados en España presentarán la solicitud ante: a) La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. b) La embajada de España de su lugar de domicilio. c) El órgano competente de la Comunidad Autónoma donde el solicitante hubiera tenido su último domicilio en España. d) El Consulado de España en el lugar de domicilio del solicitante.

23. Según el artículo 19, la oposición deberá formularse ante: a) La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. mediante escrito motivado y debidamente documentado, en la forma y plazo que reglamentariamente se establezcan, y sólo se tendrá por presentada si en este plazo se abona la tasa correspondiente. b) La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. mediante escrito motivado y debidamente documentado, en la forma y plazo que reglamentariamente se establezcan, sin que sea necesario el abono de tasa alguna. c) Ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. mediante el impreso de solicitud establecido al efecto, ya que las oposiciones no pueden presentarse mediante procedimientos telemáticos. d) La oposición deberá formularse ante la Oficina de la Asociación de Consumidores y Usuarios, mediante escrito motivado y debidamente documentado, en la forma y plazo que reglamentariamente se establezcan, sin que sea necesario el abono de tasa alguna.

24. El solicitante o el titular de una marca: a) Que actuando conforme a las prácticas leales en materia industrial o comercial no respetare un plazo con respecto a la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., será previa solicitud restablecido en sus derechos. b) O cualquier otra parte en un procedimiento ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. que, aun habiendo demostrado toda la diligencia requerida por las circunstancias, no hubiera podido respetar un plazo con respecto a dicha Oficina, será, previa solicitud, restablecido en sus derechos si la imposibilidad hubiera tenido como consecuencia directa, en virtud de las disposiciones de esta Ley o de su Reglamento, la pérdida de un derecho. c) O cualquier otra parte en un procedimiento ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. que, aun habiendo demostrado toda la diligencia requerida por las circunstancias, no hubiera podido respetar un plazo con respecto a dicha Oficina, será, previa solicitud, restablecido en sus derechos si la imposibilidad hubiera tenido como consecuencia directa, en virtud de las disposiciones de esta Ley o de su Reglamento, la pérdida de un derecho, sin que sea necesario el pago de tasa alguna. d) O cualquier otra parte en un procedimiento ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. que, no hubiera querido respetar un plazo con respecto a dicha Oficina, será, previa solicitud, restablecido en sus derechos si la imposibilidad hubiera tenido como consecuencia directa, en virtud de las disposiciones de esta Ley o de su Reglamento, la pérdida de un derecho.

25. La solicitud de renovación de la marca se presentará: a) En el plazo de seis meses anteriores a la expiración del registro. b) En el plazo de un año anterior a la expiración del registro. c) En un plazo de un año a partir de la expiración del registro, con la obligación de satisfacer, de forma simultánea, un recargo del 25 por ciento de la cuota si el ingreso tiene lugar durante los tres primeros meses, y de un 50 por ciento si se efectúa dentro de los tres siguientes. d) Podrá hacerse todavía de forma válida en un plazo de un año a partir de la expiración del registro, con la obligación de satisfacer, de forma simultánea, un recargo del 20 por ciento de la cuota si el ingreso tiene lugar durante los tres primeros meses, y de un 40 por ciento si se efectúa dentro de los tres siguientes.

26. Una vez declarada la nulidad de una marca: a) Se considerará como si nunca hubiera sido solicitada, considerándose nulas cualesquiera otras resoluciones judiciales habidas con posterioridad a la concesión de la marca. b) Se considerará como si nunca hubiera sido solicitada, considerándose nulos los contratos concluidos antes de la declaración de nulidad o caducidad en la medida en que hubieran sido ejecutados con anterioridad a esa declaración, no pudiéndose exigir indemnización alguna por daños y perjuicios. c) Se considerará que no ha tenido, desde el principio, los efectos señalados en la presente Ley en la medida en que se haya declarado la nulidad de la marca, pudiendo solicitar los afectados, indemnización por daños y perjuicios cuando el titular de la marca haya actuado de buena fe en el plazo de un año. d) Se considerará que no ha tenido, desde el principio, los efectos señalados en la Ley en la medida en que se haya declarado la nulidad de la marca.

27. El titular de una licencia de marca: a) Podrá ceder sus derechos en cualquier caso. b) En ningún caso podrá conceder sublicencias. c) No podrá cederla a terceros, a no ser que hubiera convenido lo contrario. d) Podrá ceder la licencia siempre que se demuestre buena fe.

28. A los efectos del artículo 5 de la Ley de Marcas 17/2001, no podrán registrarse como marcas: a) En ningún caso, los signos que carezcan de carácter distintivo. b) Los signos que carezcan de carácter distintivo salvo que la marca haya adquirido, para los productos o servicios para los cuales se solicite el registro, un carácter distintivo como consecuencia del uso que se hubiera hecho de la misma, con anterioridad a la fecha de solicitud. c) Los signos que carezcan de carácter distintivo salvo si, antes de la fecha de concesión del registro, debido al uso que se haya hecho de la misma, la marca hubiese adquirido un carácter distintivo. d) Dependerá de si es marca notoria.

29.Las prohibiciones relativas previstas en la Ley de Marcas 17/2001 tienen por objeto la protección de derechos anteriores, en este sentido, respecto de las indicaciones geográficas prioritarias: a) Las indicaciones geográficas se protegerán exclusivamente por las prohibiciones absolutas. b) La protección de las indicaciones geográficas se realizará exclusivamente de oficio por la Administración. c) No podrán registrase como marcas si ya se hubiera presentado una solicitud de indicación geográfica, únicamente de conformidad con la legislación nacional, antes de la fecha de la solicitud de registro de marca. d) No podrán registrase como marcas si ya se hubiera presentado una solicitud de indicación geográfica de conformidad con la legislación de la Unión o del Derecho nacional antes de la fecha de la solicitud de registro de marca, a condición de que dicha indicación geográfica quede finalmente registrada y el titular de la indicación geográfica tenga derecho de conformidad con la legislación correspondiente a prohibir la utilización de una marca posterior.

30. Podrán obtener el registro de marcas y nombres comerciales: a) Exclusivamente, las personas naturales o jurídicas de nacionalidad española y extranjeras que residan habitualmente o tengan un establecimiento industrial o comercial efectivo y serio en territorio de la Unión Europea. b) Las personas físicas o jurídicas, incluidas las entidades de derecho público. c) Los nacionales y los extranjeros, estos últimos, exclusivamente, cuando provengan de un Estado que tenga firmado un convenio de reciprocidad con España. d) En ningún caso, las entidades de derecho público.

31. Una vez publicada la solicitud de una marca: a) La OEPM comunicará, con carácter preceptivo, la publicación a los titulares de signos anteriores registrados o solicitados que pudieran verse afectados por la misma para que presenten oposición. b) La OEPM comunicará, con carácter preceptivo, la publicación a los titulares de signos anteriores registrados o solicitados que pudieran verse afectados por la misma para que presenten oposición y, en todo caso, analizará de oficio las prohibiciones relativas. c) La OEPM comunicará la publicación de la solicitud, a efectos simplemente informativos, a los titulares de signos anteriores registrados o solicitados que hubieran sido detectados como consecuencia de una búsqueda informática realizada por dicha Oficina de acuerdo con sus disponibilidades técnicas y materiales. d) La OEPM no realiza comunicación alguna a los titulares de derechos anteriores.

32. El derecho conferido por el registro de marca: a) No permitirá a su titular prohibir a terceros el uso de la misma para productos comercializados en el Espacio Económico Europeo con dicha marca por el titular o con su consentimiento. b) Permitirá a su titular, en cualquier caso, prohibir a terceros el uso de la misma para productos comercializados en el Espacio Económico Europeo con dicha marca. c) Permitirá a su titular prohibir a terceros, en cualquier caso, el uso de la misma para productos comercializados en el Espacio Económico Europeo con dicha marca, desde el momento de su concesión. d) Permitirá a su titular, en cualquier caso, prohibir a terceros el uso de la misma para productos comercializados en el Espacio Económico Europeo con dicha marca desde la fecha de la solicitud.

33. Frente a la concesión de una marca: a) Podrá ejercerse de oficio o a instancia de parte la revisión de oficio prevista en el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la nulidad se funda en alguna de las causas previstas en los artículos 51 y 52 de la Ley de Marcas 17/2001. b) No se podrá ejercer de oficio o a instancia de parte la revisión de oficio prevista en el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la nulidad se funda en alguna de las causas previstas en los artículos 51 y 52 de la Ley de Marcas 17/2001. c) Las acciones de nulidad previstas en los artículos 51 y 52 de la Ley de Marcas 17/2001 sólo podrán ejercitarse ante los Tribunales de Justicia. d) Las acciones de nulidad previstas en los artículos 51 y 52 de la Ley de Marcas 17/2001 podrán ejercitarse ante los Tribunales de Justicia, la propia OEPM y, en todo caso, a través de la revisión de oficio prevista en el artículo 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

34.A efectos del artículo 93 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de noviembre de 2012 sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, se entenderá por denominación de origen: a) El nombre de una región, de un lugar determinado o, en casos excepcionales debidamente justificados, de un país, que sirve para designar productos referidos en el Reglamento y que cumple ciertos requisitos sobre calidad, características u otros. b) Exclusivamente, el nombre de una región, cuando determinadas características de calidad del producto están asociadas a su origen. c) El nombre de una región, de un lugar determinado, en ningún caso de un país, que sirve para designar productos referidos en el Reglamento y que cumple ciertos requisitos sobre calidad, características y otros. d) El nombre de una región asociado a un producto, en el que al menos el 85% de la uva utilizada en su elaboración procede exclusivamente de esa zona geográfica.

35.De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 17/2001, de Marcas, ¿Se pueden registrar los “eslóganes o frases publicitarias” como marca?: a) No. b) Sí, con la condición que incluya una denominación de fantasía. c) Sí, sólo para la clase 35. d) Sí, siempre que tenga carácter distintivo.

36.La falta de renovación de la marca será causa constitutiva de su caducidad: a) Siempre y sin excepción alguna. b) Siempre, salvo que, exclusivamente, existan embargos inscritos sobre la misma. c) Siempre, salvo que existan embargos o hipotecas mobiliarias sobre la misma o haya una acción reivindicatoria en curso. d) Siempre, salvo que el titular justifique la falta de renovación.

37.La solicitud de nulidad de una marca deberá formularse mediante escrito motivado y: a) Será admitida siempre bastando con que vaya con la documentación probatoria correspondiente. b) Será admitida siempre que vaya exclusivamente en el formulario oficial y contenga la documentación probatoria correspondiente. c) Será admitida aunque no se haya pagado la tasa correspondiente. d) Será admitida si es presentada por los legitimados a los que alude el artículo 58.1.b LM y con la documentación debida más el justificante del pago de la tasa correspondiente.

38.En la solicitud de nulidad administrativa de una marca: a) El titular de la marca cuya nulidad se insta deberá solicitar siempre la prueba de uso de la marca anterior. b) La prueba de uso puede superarse si el titular de la marca anterior prueba que han existido causas justificativas de la falta de uso. c) La prueba de uso se referirá siempre a todas las marcas anteriores del titular que insta la nulidad. d) La prueba de uso se referirá siempre a todos los productos o servicios de la marca anterior.

39. En caso de violación de marca: a) El licenciatario exclusivo está legitimado por el mero hecho de su exclusividad para ejercer acciones relativas a la violación. b) El licenciatario exclusivo y el licenciante están legitimados en todo caso para el ejercicio de acciones por violación. c) El licenciatario exclusivo podrá ejercitar acciones por violación de marca cuando habiendo requerido al titular de la misma ese no haya ejercido la acción por sí mismo. d) El licenciatario no exclusivo no podrá intervenir en el procedimiento por violación de marca entablado por el titular de marca.

40. El Reglamento de uso de las marcas colectivas y de garantía: a) Podrá ser consultado por cualquier persona sin sujeción a pago de tasa. b) Podrá ser consultado por cualquier persona previo consentimiento del titular de la marca colectiva o de garantía. c) Será publicado en el BOPI junto con la resolución de concesión del registro de marca colectiva o de garantía. d) No podrá ser modificado en los 5 primeros años tras la concesión del registro de marca colectiva o de garantía.

 

Grupo 3 y Grupo 4

41.De acuerdo con el artículo 116 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas es causa de inadmisión de un recurso administrativo: a) No presentar el recurso en el formulario previsto al efecto. b) Carecer el recurso manifiestamente de fundamento. c) Recurrir sin estar representado por un abogado. d) Que, siendo un recurso administrativo, el recurrente no lo ha calificado como tal.

42.¿Qué programas integran el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado según establece el Real decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado? a) Programa de análisis de la demanda y de evaluación de la satisfacción de los usuarios de los servicios, programa de cartas de servicios, programa de quejas y sugerencias, programa de evaluación de la calidad de las organizaciones, programa de reconocimiento, y programa del Observatorio de la Calidad de los Servicios Públicos. b) Programa de administración electrónica, programa de percepción ciudadana, programa de quejas y sugerencias, programa del Observatorio de la Calidad de los Servicios Públicos y programa de cartas de servicios. c) Programa de quejas y sugerencias, programa de transparencia y buen gobierno, programa de atención integral a la ciudadanía, programa de cartas de servicios y programa de evaluación de la calidad de las organizaciones. d) Programa de protección de datos, programa de quejas, sugerencias y reclamaciones, programa de análisis de la demanda y de evaluación de la satisfacción de los usuarios de los servicios, programa de percepción ciudadana, programa de cartas de servicios y programa de atención integral a la ciudadanía.

43.Según dispone el artículo 40.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el caso de que una notificación realizada por medios electrónicos omitiese alguno de los requisitos previstos en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre: a) Será inválida en cualquier caso. b) Se entenderá por efectuada, aunque no contuviera el texto íntegro del acto, siempre que se hubiera realizado en un plazo inferior a diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. c) Siempre y cuando contuviese el texto íntegro del acto, surtirá efecto a partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación, o interponga cualquier recurso que proceda. d) Será subsanable, en cualquier caso, en un plazo de diez días desde la fecha en que se produjera la acreditación de la notificación efectuada.

44.Qué características tiene que tener necesariamente un precio público para ser considerado como tal de acuerdo a la sentencia del Tribunal Constitucional 185/1995, de 14 de diciembre y a la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público: a) Que venga impuesto por una disposición legal o reglamentaria y que los bienes, servicios o actividades requeridos sean imprescindibles para la vida privada o social del solicitante. b) Que la solicitud del servicio o actividad administrativa sea una manifestación real y efectiva de voluntad por parte del interesado y que dicho servicio se preste en situación de monopolio por el sector público. c) Que el supuesto de hecho que les dé lugar se realice en forma libre y espontánea y que dicho servicio o actividad no se preste por los entes de Derecho público en situación de monopolio de hecho o de derecho. d) Que venga impuesto, en todo caso, por una disposición de rango legal.

45.¿De acuerdo con el artículo 2 del Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas de 27 de julio de 1989, qué condición tiene que cumplir un solicitante para obtener la protección de una marca en el territorio de las Partes Contratantes del Protocolo mediante el registro de esa marca en el registro de la Oficina Internacional de la OMPI, si la solicitud se hubiera presentado en la Oficina de un Estado contratante? a) Que el solicitante sea nacional de un Estado contratante o esté domiciliado, o tenga un establecimiento industrial o comercial efectivo y real, en un Estado contratante. b) No existe ninguna condición impuesta al solicitante, pudiendo cualquier persona, física o jurídica, e independientemente de su nacionalidad, obtener la protección señalada. c) Cuando se trate de una persona física, que el solicitante sea nacional de un Estado contratante y que, necesariamente, esté domiciliado en el mismo Estado del que sea nacional. d) Cuando se trate de una persona jurídica, que el solicitante ostente la nacionalidad del Estado contratante y que, obligatoriamente, tenga un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en el mismo Estado del que sea nacional.

46.En el caso de que un motivo de denegación absoluto, de los contemplados en el artículo 7 apartado 1 del Reglamento 2017/1001 del Parlamento y del Consejo sobre la marca de la Unión Europea, sólo existiera en un país de la Unión Europea: a) Se reconocerán los derechos conferidos por la marca de la Unión Europea en todos los países miembros, a excepción del país afectado por la causa de denegación absoluta. b) Sólo en el caso de que mediara oposición del titular de una marca anterior, se denegará el registro de la marca. c) Se reconocerán los derechos conferidos por la marca de la Unión Europea en todos los países miembros, a excepción de país afectado por la causa de denegación absoluta y los países limítrofes a este. d) Se denegará el registro de la marca.

47.Conforme a la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éstas podrán proceder a la ejecución forzosa de los actos administrativos, a través de sus órganos competentes: a) Aunque no se haya producido apercibimiento previo. b) Como ejecución subsidiaria, cuando se trate de actos personalísimos que deban ser realizados por el sujeto obligado. c) Si fueran varios los medios de ejecución admisibles se elegirá el menos restrictivo de la libertad individual. d) Solamente mientras la ejecución se encuentre suspendida de acuerdo con la Ley.

48.Según la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que se refiere a los Órganos Administrativos: a) Tendrán la consideración de órganos administrativos las unidades administrativas a las que se les atribuyan funciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, o cuya actuación tenga carácter preceptivo. b) Podrán crearse nuevos órganos que supongan duplicación de otros ya existentes en la misma Administración Pública, con igual función y competencias sobre el mismo territorio y población, siempre que existan los créditos suficientes para su puesta en marcha y funcionamiento. c) Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación se considerarán dictadas por el órgano al que se haya delegado la competencia. d) Los conflictos de atribuciones sólo podrán suscitarse entre órganos de una misma Administración relacionados jerárquicamente.

49.Conforme al Real Decreto 1270/1997, por el que se re a) La solicitud de renovación de una marca de la Unión Europea deberá presentarse en un plazo de seis meses antes de la fecha en la que expire el registro. Si llegada esta fecha no se ha presentado una solicitud de renovación o no se han pagado las tasas, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea declarará inmediatamente su expiración sin más trámite y cancelará la marca del registro. b) No procede en ningún caso solicitar la renovación de sólo una parte de los productos o de los servicios para los cuales esté registrada la marca de la Unión Europea. c) La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea deberá notificar a todo titular de un derecho registrado sobre una marca de la Unión Europea acerca de la expiración del registro, al menos seis meses antes de dicha expiración. La ausencia de dicha notificación suspenderá la expiración del registro. d) Podrá presentarse una única solicitud de renovación para dos o más marcas, previo pago de las tasas exigidas para cada una de las marcas, siempre y cuando los titulares o sus representantes sean los mismos en todos los casos.

52.¿En cuántas secciones se divide la tecnología, según la Clasificación Internacional de Patentes (CIP) establecida por el Arreglo de Estrasburgo de 24 de marzo de 1971? a) Ocho. b) Nueve. c) Diez. d) Once.

53.Indique cuál de las siguientes afirmaciones es cierta, en relación con el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) y su Reglamento: a) Cualquier persona domiciliada o nacional de un Estado contratante podrá presentar una solicitud internacional de patente; la determinación del domicilio o de la nacionalidad del solicitante dependerá de la legislación nacional del Estado contratante en el que el solicitante pretenda estar domiciliado o ser nacional y será decidido por la Oficina receptora. b) Para la presentación de solicitudes internacionales, las Oficinas receptoras aceptarán un idioma oficial del estado o estados de la Administración encargada de la búsqueda internacional. c) El solicitante podrá pedir que se efectúe una búsqueda internacional suplementaria con respecto a la solicitud internacional por una Administración encargada de la búsqueda internacional que sea competente, antes del vencimiento de un plazo de 24 meses contados a partir de la fecha de prioridad. d) El solicitante podrá presentar una solicitud de examen preliminar internacional en cualquier momento antes del vencimiento de un plazo de 24 meses contados a partir de la fecha de prioridad.

54.En el caso de un recurso interpuesto contra una decisión de una División de Examen de la Oficina Europea de Patentes, indique cuál de las siguientes composiciones de los miembros de la Cámara de Recursos es inexistente: a) Dos miembros técnicos y un miembro jurista cuando la decisión se refiera a la denegación de una solicitud de patente europea o a la concesión, la limitación o la revocación de una patente europea y haya sido adoptada por una División de Examen compuesta por menos de cuatro miembros. b) Dos miembros juristas y un miembro técnico cuando la decisión se refiera a la denegación de una solicitud de patente europea o a la concesión, la limitación o la revocación de una patente europea y haya sido adoptada por una División de Examen compuesta por menos de tres miembros. c) Tres miembros técnicos y dos miembros juristas cuando la decisión haya sido adoptada por una División de Examen compuesta por cuatro miembros o cuando la Cámara de recursos considere que la naturaleza del recurso así lo exige. d) Tres miembros juristas en los demás casos.

55.En relación con el instrumento de adhesión de España al Acuerdo de la OTAN para la salvaguarda mutua del secreto de las invenciones relativas a la defensa, respecto de las cuales se hayan presentado solicitudes de patente, hecho en París el 21 de septiembre de 1960, indique cuál de los siguientes procedimientos es ficticio: a) Si, tanto el gobierno del país de origen como el gobierno del país receptor poseen autoridad jurídica para imponer, dentro de su propia jurisdicción, el secreto de las invenciones cuya revelación podría perjudicar a su seguridad nacional así como para prohibir dicha revelación. b) Si la autoridad jurídica y las disposiciones relativas a la seguridad física son adecuados y suficientes para salvaguardar todos los aspectos de la seguridad de lo que constituye el objeto de las invenciones de que se trate, con un nivel no inferior a los requisitos de seguridad de la OTAN, a partir del momento en que aquello que constituye el objeto de las invenciones sea recibido oficialmente por el gobierno del país receptor hasta que el gobierno del país de origen levante el secreto. c) Si el gobierno del país de origen dispone de los medios adecuados para prohibir que se presenten en forma no autorizada en el extranjero solicitudes de patentes respecto de invenciones cuya revelación podría perjudicar la seguridad nacional, así como para autorizar, dentro de sus facultades discrecionales, la presentación en el extranjero de solicitudes de patentes respecto de invenciones sometidas a restricciones de secreto. d) Si el gobierno del país de origen fuese requerido para prohibir que se presenten en forma no autorizada en el extranjero solicitudes de patentes respecto de invenciones cuya revelación podría perjudicar la seguridad nacional; el requerimiento debe hacerse bajo mandato de la Asamblea Parlamentaria, determinada por acuerdo del Consejo del Atlántico Norte por al menos cuatro quintas partes en primera votación, o dos terceras partes en segunda votación.

56.Según el Tratado de Budapest, el reconocimiento por parte de los Estados contratantes que permitan o exijan el depósito de microorganismos antes una autoridad internacional, comprende: a) Sólo el hecho y la fecha del depósito. b) Sólo la fecha del depósito. c) El hecho y la fecha del depósito así como el reconocimiento de lo que se entrega. d) Sólo el reconocimiento de lo que se entrega.

57.Una solicitud de patente europea puede ser presentada: a) Sólo por ciudadanos miembros de un país de la Unión Europea. b) Por cualquier persona, natural o jurídica. c) Sólo por ciudadanos de una país miembro signatario del Convenio de la Patente Europea. d) Sólo por ciudadanos de una país miembro signatario del Convenio de la Patente Europea o que tenga establecimiento o residencia en uno de los países signatarios.

58.En lo que respecta a las partes II,III y IV del Acuerdo sobre los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC), los miembros deberán cumplir del Convenio de la París de la versión de 1967: a) Sólo los artículos 1 a 12. b) Todos los artículos del 1 a 19. c) Los artículos 1 a 12 y el 19. d) Exclusivamente los artículos 1,12 y 19.

59.¿En qué año se suscribió el acuerdo por el que la OEPM es Oficina de Administración de búsqueda internacional (ISA)?: a) 1983. b) 1989. c) 1993. d) 2001.

60.Según el Tratado sobre Derecho de Patentes (PLT), para obtener fecha de presentación es obligatorio aportar, entre otras cosas: a) Una parte que, a primera vista, pueda constituir un resumen. b) Al menos una parte que, a primera vista, parezca constituir una descripción junto con otra parte que, a primera vista, parezca constituir una reivindicación. c) Una parte que, a primera vista, parezca constituir una reivindicación. d) Una parte que, a primera vista, parezca constituir una descripción.

 

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