Tengo la marca registrada. ¿Y ahora qué?

Tengo la marca registrada. ¿Y ahora qué?

Una vez tenemos nuestra marca registrada para nuestros productos y/o servicios, ya podemos esgrimirla contra aquellos terceros que vayan apareciendo en el mercado y que utilicen marcas iguales o similares para productos/servicios iguales o semejantes a aquellos para los que tenemos registrada dicha marca.

Pero si no queremos perder nuestra marca, es importante usarla. Sí, la ley establece que si en los cinco años siguientes a la publicación de su concesión no la usamos o posteriormente dejamos de usarla durante un período ininterrumpido de cinco años, dicha marca estará incursa en caducidad por falta de uso. Es decir, que un tercero podría intentar caducárnosla y despojarnos de ella.

Para evitar que eso pase, no tendremos pues que dejar pasar todo ese tiempo sin usarla. Pero atención, el uso que hagamos ha de ser en relación con los productos/servicios para los que la tenemos registrada, pues el uso que hagamos en relación con otros productos/servicios no evitaría la eventual caducidad por falta de uso respecto a aquellos productos/servicios para los cuales tenemos la marca pero que no hayan sido usados.

Asimismo hay que tener en cuenta que el uso que hagamos ha de ser de la marca tal cual la tenemos registrada, o en su caso con mínimas variaciones que no puedan entenderse que alteran de manera significativa el carácter distintivo de la marca tal cual la tenemos registrada, pues de lo contrario se entendería que se trata de una marca diferente. Así que también conviene tener en cuenta que cuando decidimos realizar un “restyling” de nuestra marca, en ocasiones, dependiendo de las modificaciones, habrá que valorar realizar un eventual nuevo registro.

Por otra parte, también hay que evitar que, debido a nuestra conducta, activa o pasiva, nuestra marca se acabe convirtiendo en la designación usual de la tipología de productos/servicios para los que la tenemos registrada, pues corremos el riesgo de que nos la intenten caducar por vulgarización.

Mònica López

Abogada en SNAbogados

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