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Principales Contratos de Distribución Comercial

Fecha de actualización: 21/03/23

Volviendo a los post relativos al Contrato de Distribución, aprovechando que recientemente se ha presentado la propuesta del Código Mercantil dónde se incluye la regulación de dicho tipo de contrato, pasamos hoy a tratar de otro aspecto relevante.

En concreto, nos gustaría revisar los diferentes tipos de Contratos de Distribución que recoge la propuesta. Es decir, existirán diferentes modalidades de contratos que serán considerados como Contratos de Distribución.

Se prevén los siguientes tipos de contrato:

a) El contrato de compra en exclusiva, por el cual el distribuidor, a cambio de contraprestaciones especiales, se obliga a adquirir, para su comercialización, determinados bienes o servicios solamente al proveedor o a otras personas a quienes éste designe.

b) El contrato de venta en exclusiva, por el cual el proveedor se obliga a vender únicamente a un distribuidor en una zona geográfica determinada los bienes o servicios especificados en el contrato para su comercialización en dicha zona.

c) El contrato de distribución autorizada, por el cual el proveedor se obliga a suministrar al distribuidor bienes y servicios para que éste los comercialice, bien directamente o bien a través de su propia red, como distribuidor oficial, en una zona geográfica determinada.

d) El contrato de distribución selectiva, por el cual el proveedor se obliga a vender los bienes o servicios objeto del contrato únicamente a distribuidores seleccionados por él y que no gozan de exclusividad territorial, mientras que el distribuidor se compromete a revenderlos a consumidores y usuarios finales, respetando las instrucciones pactadas y prestando, en su caso, asistencia técnica a los compradores.

e) El contrato de concesión mercantil, por el cual el distribuidor pone su establecimiento al servicio de un proveedor para comercializar, en régimen de exclusividad y bajo directrices y supervisión de éste, bienes y servicios en una zona geográfica determinada.

f) El contrato de franquicia, por el cual el titular de la franquicia, denominado franquiciador, cede al distribuidor, denominado franquiciado, el derecho a explotar en beneficio de éste un sistema de comercialización de bienes o servicios bajo los signos distintivos y la asistencia técnica permanente del franquiciador, a cambio de una compensación económica y del compromiso de ajustarse en todo momento a las reglas de actuación establecidas.

En próximos posts repasaremos otros aspectos destacables de la regulación del Contrato de Distribución, para que el lector pueda disponer de conocimientos suficientes para valorar sus pros y sus contras, y así poder sacar el máximo provecho de este tipo de contratos.

Jordi Farré

SNAbogados

www.snabogados.com

 

 

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