1. Home /
  2. Blog /
  3. Ley de marcas

Ley de marcas

Fecha de actualización: 23/03/23

La ley de marcas es un texto jurídico muy consultado por todos aquellos que desean registrar una marca y no saben cómo hacerlo. Por supuesto también es un texto muy consultado por todos los profesionales (abogados, agentes de la propiedad industrial, ...) que se dedican profesionalmente a registrar, mantener y defender marcas. En este artículo os explicaremos de un modo breve donde encontrar la respuesta a la pregunta que puedas tener sobre cómo registrar una marca. Cabe recordar que las marcas es el registro más utilizado del derecho de propiedad industrial. También cabe recordar que el registro de una marca a nivel mundial no existe como tal y que lo más parecido es la marca internacional.

ley de marcas

 

Ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas

 

La ley que regula el registro de marcas en España es la Ley 17/2001 de 7 de diciembre.

La ley de marcas esta dividida en Títulos dentro de cada título hay una serie de artículos. Los títulos, es decir los apartados, de la ley de marcas de 7 de diciembre de 2001 son los siguientes.

Exposición de motivos: En este apartado se explican los motivos que han motivado al gobierno a redactar esta ley de marcas. Entre otros motivos destacan la necesidad de armonizar el derecho de marcas español al derecho comunitario.

Concepto de marca y prohibiciones de registro: En este apartado se establece qué es un marca y que no es una marca. Se establecen ciertas prohibiciones para impedir que ciertos tipo de marcas se puedan registrar tales como aquellas que son contrarias al orden público, o aquellas que sean engañosas y puedan confundir al consumidor.

Solicitud y procedimiento de registro: En este apartado se establecen las diferentes etapas del registro de una marca en España.

Duración, renovación y modificación de la marca registrada

Contenido del derecho de marca: En este apartado se explica qué derecho otorga el registro de una marca a las marcas registradas.

Nulidad y caducidad de la marca: En este apartado se explica cómo una marca registrada puede dejar de tener efectos. Recordad que la nulidad de una marca provoca que la marca nunca ha tenido efectos, mientras que la caducidad de una marca provoca que a partir del momento que se declara la caducidad la marca deja de tener efectos.

Marcas colectivas y marcas de garantía: En este apartado se explican este tipo de marcas especiales. Las marcas colectivas y de garantía tienen requisitos de registrabilidad diferentes. A nivel práctico, existen muy pocas marcas de este tipo.

Marcas internacionales: en este apartado se explica brevemente cómo funciona una marca internacional y qué efectos tiene sobre el derecho de marcas nacional. El registro de una marca internacional es un registro que se realiza en la OMPI (Oficina Mundial de la Propiedad Industrial) y que permite registrar la misma marca en varios países siempre y cuando estos hayan firmado el tratado de marca internacional. Lo interesante en este registro es que cada país es independiente del otro y por lo tanto si la marca se deniega en un país no tiene porque denegarse para el resto de países solicitados. Para saber más sobre cómo registrar una marca internacional hay que consultar la ley de marcas internacionales que encontrarás aquí.

Marcas comunitarias: en este apartado se explica brevemente cómo funciona una marca comunitaria y qué efectos tiene sobre el derecho de marcas nacional. La marca comunitaria es un registro en bloque para todos los países de la unión europea. En otras palabras es un registro que se concede para todos los países o para ninguno. Para saber más sobre cómo registrar una marca comunitaria hay que consultar la ley de marcas comunitarias que encontrarás aquí.

Nombres comerciales: el nombre comercial es otro tipo de registro según esta ley de propiedad industrial. Aun así el procedimiento de registro, las prohibiciones, los efectos que otorga son idénticos a la marca. Tanto es así que en muchos países no existe esta figura registral y sólo existen marcas.

 

Reglamento ley de marcas

El Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas (reglamento ley de marcas o reglamento de la ley de marcas). entra en más detalle sobre como debe ser el procedimiento de registro, mantenimiento y defensa de una marca. También está dividido en Títulos (apartados) cada uno dedicado a una parte diferente del procedimiento de registro de una marca.

 

Articulo 5.1 ley de marcas

El artículo 5.1 de la ley de marcas es el que regula cuando la Oficina Española de Patentes y Marcas debe poner un suspenso de fondo por estar, la marca, afectada por una prohibición absoluta. En concreto el artículo 5.1 dice lo siguiente:

No podrán registrarse como marca los signos siguientes:

a) Los que no puedan constituir marca por no ser conformes al artículo 4.1 de la presente Ley. (es decir aquellos signos que no sean distintivos o bien aquellos signos que no se puedan representar gráficamente; sólo se pueden registrar aquellos signos distintivos que se puedan representar gráficamente)

b) Los que carezcan de carácter distintivo.

c) Los que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica, la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características del producto o del servicio.

d) Los que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que se hayan convertido en habituales para designar los productos o los servicios en el lenguaje común o en las costumbres leales y constantes del comercio.

e) Los constituidos exclusivamente por la forma impuesta por la naturaleza del propio producto o por la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico, o por la forma que da un valor sustancial al producto.

f) Los que sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres.

g) Los que puedan inducir al público a error, por ejemplo sobre la naturaleza, la calidad o la procedencia geográfica del producto o servicio.

h) Los que aplicados a identificar vinos o bebidas espirituosas contengan o consistan en indicaciones de procedencia geográfica que identifiquen vinos o bebidas espirituosas que no tengan esa procedencia, incluso cuando se indique el verdadero origen del producto o se utilice la indicación geográfica traducida o acompañada de expresiones tales como «clase», «tipo», «estilo», «imitación» u otras análogas.

i) Los que reproduzcan o imiten el escudo, la bandera, las condecoraciones y otros emblemas de España, sus Comunidades Autónomas, sus municipios, provincias u otras entidades locales, a menos que medie la debida autorización.

j) Los que no hayan sido autorizados por las autoridades competentes y deban ser denegados en virtud del artículo 6 ter del Convenio de París.

k) Los que incluyan insignias, emblemas o escudos distintos de los contemplados en el artículo 6 ter del Convenio de París y que sean de interés público, salvo que su registro sea autorizado por la autoridad competente.

El titular de una marca debe tener en cuenta este artículo de la ley de marcas.

 

Ley de marcas pdf

Aquí "Ley 17.2001 de 7 de diciembre de marcas" se puede obtener un documento en pdf con la ley 17/2001 de 7 de diciembre de marcas. Se trata de la publicación en el boe número 294 del día 8 de diciembre de 2001. Es un documento un tanto denso de 25 páginas que además no esta actualizado al ser el original. Recordad que la ley de marcas ha sido modificada ligeramente a lo largo del tiempo y que para estar seguros de la regulación actual hay que consultar la ley actualizada. La presente ley actualizada se puede encontrar buscando en Google "ley de marcas noticias jurídicas".

 

boe ley de marcas

Se puede acceder al BOE donde se publica la ley de marcas aquí "BOE ley de marcas" o Ley de marcas BOE

Se puede acceder al BOE donde se publica el reglamento de marcas "BOE reglamento de marcas".

 

Ley de marcas España

La ley de marcas española difiere de la ley de marcas en otros países. Por ejemplo como registrar una marca en USA no tiene nada que ver con el registro de una marca en España. Por este motivo, en nuestro portal os ofrecemos un directorio a las leyes de marcas de diferentes países. Este directorio lo podéis encontrar aquí.

ley de marcas

Novedades de la ley de marcas

Aun no esta en vigor la nueva ley de patentes y marcas pero cuando lo esté supondrá unos cambios en la ley de marcas españa importante.

 

Comentarios:
Alberto2017-10-01 18:30:13

He leido que se esta trabajando en una nueva ley de marcas. Qué diferencias va a comportar la nueva ley de marcas??? van a bajar las tasas oficiales???

¿Tienes alguna duda?
Escribe tu consulta y te responderemos rápida y gratuitamente.

Artículos Recomendados

Facts